MEDIDAS FISCALES EN CATALUÑA 2025
- Isabel Saló
- 15 abr
- 4 Min. de lectura
Cataluña ha iniciado 2025 con una reforma fiscal de amplio alcance, fruto de los cambios introducidos por el Decreto Ley 5/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, de gastos de personal y otras administrativas.
Estas medidas se centran, principalmente, en la vivienda habitual, la protección a colectivos vulnerables y la fiscalidad progresiva, afectando especialmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y al de Sucesiones y Donaciones (ISD).
IRPF
Con vigencia desde el 1 de enero de 2025 se implementarán las siguientes modificaciones:
Nueva escala autonómica
Una de las medidas más destacadas es la revisión de los tramos y tipos del IRPF autonómico, que ahora incluye un nuevo tramo, con el objetivo de reforzar la progresividad del impuesto:
Base liquidable hasta (€) | Cuota íntegra (€) | Resto base liquidable hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
0,00 | 0,00 | 12.500,00 | 9,5 |
12.500,00 | 1.187,50 | 9.500,00 | 12,50 |
22.000,00 | 2.375,00 | 11.000,00 | 16,00 |
33.000,00 | 4.135,00 | 20.000,00 | 19,00 |
53.000,00 | 7.935,00 | 37.000,00 | 21,50 |
90.000,00 | 15.890,00 | 30.000,00 | 23,50 |
120.000,00 | 22.940,00 | 55.000,00 | 24,50 |
175.000,00 | 36.415,00 | en adelante | 25,50 |
Deducciones familiares y sociales
Se amplían y ajustan varias deducciones:
1. Nacimiento, adopción o acogimiento: se extiende la deducción a los casos de acogimiento familiar simple o permanente.
2. Alquiler de vivienda habitual:
Aumentan los límites de renta que no puede superar el contribuyente para aplicarla, de 20.000 a 30.000 euros.
Se incrementa el importe deducible hasta los 500 euros anuales (antes 300 euros). En el caso de familias numerosas o monoparentales el importe es de hasta 1.000 euros.
En el caso de jóvenes, se amplía la edad para disfrutar de la deducción de 32 a 35 años.
Se elimina el requisito de que el importe del alquiler supere un 10% de los ingresos.
3. Alquiler de vivienda habitual de víctimas de violencia machista: Se introduce como novedad para aquellos contribuyentes que acrediten tener dicha condición, pudiendo aplicar una deducción de hasta 1.000 euros por alquiler, que se incrementa a 1.200 euros en casos de discapacidad igual o superior al 65% o para aquellos que tengan hijos menores a cargo.
Deducción por inversiones en economía social
Se introduce una deducción del 20% en aportaciones a cooperativas agrarias y de vivienda, con un límite de 3.000 euros anuales, siempre que se cumplan determinados requisitos.
ITP
A partir del 27 de junio de 2025 entrarán en vigor las siguientes modificaciones:
Nuevos tipos de gravamen
1. Se introduce un tipo progresivo en la compra de inmuebles y la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre inmuebles:
Valor total del inmueble desde (€) | Cuota íntegra (€) | Resto hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
0,00 | 0,00 | 600.000,00 | 10 |
600.000,00 | 60.000,00 | 300.000,00 | 11 |
900.000,00 | 93.000,00 | 1.500.000,00 | 12 |
1.500.000,00 | 165.000,00 | en adelante | 13 |
2. Se introduce un nuevo tipo de gravamen del 0% para vehículos "cero emisiones".
3. Se introduce un tipo de gravamen agravado del 20% para aquellos adquirentes que tengan la consideración de grandes tenedores, así como para aquellas transmisiones de edificios enteros de viviendas, incluso aunque las transmisiones sean progresivas en el tiempo, con ciertas excepciones.
Incentivos sociales
En cuanto a la reducción del 5 % en la compra de primera vivienda habitual, se aplica a:
1. Jóvenes de hasta 35 años (antes 32 años)
2. La adquisición de vivienda habitual por víctimas de violencia machista con renta inferior a 36.000 euros. Para aplicar la reducción se exige el cumplimiento de determinadas condiciones.
Bonificaciones
Se introducen las siguientes novedades, siempre que se cumplan los requisitos exigidos:
1. Bonificaciones del 100% para:
Transmisiones de obras de arte y antigüedades para reventa profesional.
Cooperativas de vivienda sin ánimo de lucro.
2. Bonificaciones del 50% para transmisiones de edificios de oficinas para su transformación en viviendas de protección oficial o de sedes sociales de empresas que cumplan determinados requisitos.
AJD
Tipos de gravamen
Se incrementa el tipo general al 3,5% (antes 2,5%) en aquellas operaciones en que se renuncie a la exención del IVA.
Bonificaciones
Se introducen nuevas bonificaciones:
Del 100 % en adquisición de vivienda habitual por jóvenes de hasta 35 años con renta inferior a 36.000 euros.
Del 50 % en escrituras relativas a transformación de inmuebles en viviendas protegidas o que vayan a constituir sedes sociales o centros de trabajo empresariales.
Del 75 % en constitución en régimen de propiedad horizontal por parcelas en polígonos industriales (hasta el 31/12/2027).
Las anteriores modificaciones se aplicarán con fecha efectiva desde el 27 de junio de 2025.
ISD
Reducciones de la base imponible:
Con efectos desde el 27 de junio de 2025 se introducen las siguientes novedades:
Por la donación de dinero el plazo para adquirir la vivienda tras recibir la donación se amplía a 6 meses (antes 3 meses).
Se introduce una reducción para la donación de vivienda que haya de constituir la vivienda habitual, o donación de dinero para adquirirla, a favor de víctimas de violencia machista siempre que se cumplan determinados requisitos. Las reglas para aplicarla son las siguientes:
Es aplicable a donaciones a ascendientes, descendientes y colaterales de 2º grado que sean víctimas de violencia machista.
También se aplica si la donación es de un terreno o de dinero para adquirirlo y construir la vivienda.
La reducción es del 95% sobre el importe donado, con un límite de 100.000 euros, ampliable a 200.000 euros si existe discapacidad igual o superior al 65 % o hijos menores a cargo.
Bonificación por herencias en casos de violencia machista:
Si la persona fallecida es víctima de violencia machista y muere como consecuencia de esta violencia, sus ascendientes y descendientes consanguíneos pueden aplicar una bonificación del 99% en la cuota, incluyendo seguros de vida.
Si desean ampliar cualquier información, no duden en ponerse en contacto con nosotros.
Balagué-Sala Abogados